Cuando tenga alguna duda, sálgase. Llame al 911 para obtener la protección de la policía y atención médica. Si está llamando desde un teléfono celular, tiene que decirle a la operadora donde está.

Lo que la policía puede hacer
La Policía está obligada a:

  • Arrestar a alguien si tienen razón de sospechar que se ha cometido un crimen. La policía debe arrestar sólo al agresor principal. (Pero como un arresto no garantiza que la persona abusiva irá a la cárcel, quizá quiera irse a un lugar seguro.)
  • Completar un reporte de un incidente doméstico - Asegúrese de leerlo y estar de acuerdo con lo que dice antes de firmarlo. Deben darle una copia del mismo.

La Policía También Puede:

  • Ayudarla a llegar a un lugar seguro lejos de la violencia
  • Ayudarla a obtener atención médica para cualquier herida que haya resultado
  • Ayudarla a recoger sus pertenencias necesarias al salir de su casa. (Después, con una Orden de Protección, puede regresar acompañada de la policía por otras cosas)

Lo que pueden hacer las cortes
Si usted ha sido la víctima de violencia doméstica, usted puede obtener una Orden de Protección. Una Orden de Protección a veces llamada "Una Orden Restringente" (Restraining Order), es una orden ya bien sea de la Corte de Familia, Criminal o Suprema que le ordena a la persona abusiva que deje de cometer ofensas contra usted. (Usted tiene el derecho de pedir que la corte incluya a sus hijos en la orden.)

Cerciórese de antemano cómo funciona cada corte. En breve:

  • El propósito de la Corte de Familia es de poner fin a la violencia.
  • El propósito de la Corte Criminal es de castigar a la persona abusiva.
  • El propósito de la Corte Suprema es de lograr un divorcio y dividir la propiedad marital.

Nota: Aún si hay un caso pendiente en la Corte Criminal contra la persona que la maltrata, usted puede ir a la Corte de Familia. Usted puede escoger la Corte de Familia si la persona que la maltrató o amenazó es:

  • Alguien con quien se casó o de quien se divorció
  • Padre o madre de su hijo
  • Es pariente de sangre - padre, hermano, hijo

Usted puede ir a la Corte Criminal sin importar la relación que haya entre usted y la persona abusiva. Si usted ya está en el proceso de divorciarse en la Corte Suprema, su juez de la Corte Suprema le puede dar una Orden de Protección.

La Corte de Familia
Ésta es una corte civil que puede emitir Órdenes de Protección. La Corte de Familia también trata con la custodia, manutención y derechos de visitas de niños. Inicialmente, la Corte de Familia emite una Orden de Protección Temporaria. La Orden entra en vigor solamente cuando es presentada a la persona abusiva por la policía o cualquier persona mayor de 18 años de edad. Usted no puede presentar la orden. Entonces se cita una fecha para que usted y la persona abusiva regresen a la corte. Si la persona que la maltrata admite las alegaciones o consiente a respetar la Orden Temporaria, se convierte "permanente". Si el abusador niega las alegaciones, se cita una fecha para una audiencia donde se determinan los hechos y es como un juicio. Si la corte determina que el abusador ha hecho las cosas que usted dijo, la orden de protección se hace "permanente".

"Permanente" no significa que la Orden de Protección durará para siempre sino que "Permanente" indica que la orden durará un periodo de tiempo fijo, normalmente de tres a cinco años.

Hay tres Cortes de Familia: en New Rochelle, White Plains y Yonkers que tienen Programas Legales de la Corte de Familia con personal que son abogados y consejeros que ayudan a mujeres que han sido maltratadas por sus parejas. Ellos la pueden ayudar a entender sus opciones, preparar su petición y acompañarla a la corte. (Los números de teléfono aparecen al fin.)

La Corte Criminal
Si el Fiscal del Distrito Judicial presenta un caso criminal en contra de la persona que la maltrató basado en un reporte de la policía (llamado un Reporte de Un Incidente Doméstico o DIR por sus siglas en inglés o "criminal complaint") que describe el abuso contra usted, usted podría recibir una Orden de Protección Temporaria de la corte. Si usted no recibe una o quiere conocer la condición del caso en contra de la persona abusiva, llame a la Oficina llamada Domestic Violence and Child Abuse Bureau en la División Especial de Prosecución de la Oficina del Fiscal del Distrito Judicial del Condado de Westchester. (Números de teléfono al fin.)

Si la persona que la maltrató es declarada culpable por las ofensas contra usted la Orden de Protección Temporaria puede designarse "permanente". (Recuerde, "permanente" no significa para siempre.) La persona que la maltrató tendrá un historial personal criminal. 

  • Aún si se ha iniciado un caso criminal en contra de la persona abusiva, usted puede ir a la Corte de Familia si es elegible. Puede tener casos en las 2 cortes.
  • Una violación de las Órdenes de Protección de cualquiera de las dos cortes es una nueva ofensa y puede ser castigada con encarcelamiento.
  • La persona que es protegida no puede violar la orden - sólo la persona que la maltrató puede violar la orden

Órdenes de Protección
Una Orden de Protección puede ser adaptada a sus necesidades. La mayoría de estas le ordenan a la persona que la maltrata que cese de "acosar, asaltar o amenazarla". Dependiendo de la seriedad de la ofensa, también pueden ordenarle a la persona que la maltrata que:

  • se aleje y no vuelva a acercarse a donde usted y sus hijos viven, trabajan o van a la escuela
  • quite sus pertenencias personales acompañado de la policía
  • no se comunique con usted y/o sus hijos incluyendo por medio de terceras personas o por métodos electrónicos
  • visite a sus niños solomente con supervisión
  • recoja a sus niños cuando le toque su visita en un lugar público y seguro - restaurante, centro de la comunidad o estación de policía
  • pague manutención de sus hijos.
  • cubra los gastos de atención médica de las heridas que hayan resultado de la violencia
  • pague los costos de su abogado
  • entregue cualquier y todas las armas de fuego que tenga y la corte puede suspender o revocar cualquier permiso de portar armas que tenga
  • asista a clases para personas que maltratan y si es apropiado, tratamiento para el abuso de drogas y/o alcohol

La Corte de Familia también puede cederle la custodia de sus niños temporalmente. Si usted ya no está con su pareja abusiva, puede pedir que la corte mantenga su domicilio en confidencia.

Por Favor Recuerde
Una Orden de Protección, dependiendo de tres cosas, es sólo tan efectiva como:

  • Su habilidad de llamar al 911 en una emergencia
  • Qué tan rápidamente responda la policía
  • Qué tanto respete a la policía y la ley, la persona que la maltrata